Corrección de actas
La Oficialía de Actas y Matrimonios es una instancia de la Arquidiócesis Primada de México que ofrece servicios de asesoría en todo lo concerniente a los trámites previos a su Matrimonio Canónico, así como en lo relacionado con la corrección de documentos que manifiestan su identidad ante la Iglesia (Bautismo, Confirmación, Matrimonio).
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Boleta original del bautismo (si se tiene).
Acta certificada de bautizo (tal como se encuentra en el libro).
Acta de nacimiento no mayor a tres meses de antigüedad, obtenida en el registro civil. No bajarla de internet, ni obtenida en un kiosko.
Si es mayor de edad debe hacer el trámite la persona interesada.
Si es menor de edad, el trámite lo deben hacer sus padres.
En caso de imposibilidad del interesado o de sus padres, puede hacerlo una tercera persona con su autorización exhibiendo carta poder notariada firmada ante dos testigos y que contenga copia de identificación de los firmantes.
Boleta original del bautismo (si se tiene).
Acta certificada de bautismo (tal como se encuentra en el libro).
Acta de nacimiento no mayor a tres meses de antigüedad, obtenida en el registro civil. No bajarla de internet, ni obtenida en un kiosko.
Si es mayor de edad debe hacer el trámite la persona interesada.
Si es menor de edad, el trámite lo deben hacer sus padres.
En caso de imposibilidad del interesado o de sus padres, puede hacerlo una tercera persona con su autorización exhibiendo carta poder notariada firmada ante dos testigos y que contenga copia de identificación de los firmantes.
Boleta original del bautismo (si se tiene).
Acta certificada de bautismo (tal como se encuentra en el libro).
Acta de nacimiento no mayor a tres meses de antigüedad, obtenida en el registro civil. No bajarla de internet, ni obtenida en un kiosko.
Si es mayor de edad debe hacer el trámite la persona interesada.
Si es menor de edad, el trámite lo deben hacer sus padres.
En caso de imposibilidad del interesado o de sus padres, puede hacerlo una tercera persona con su autorización exhibiendo carta poder notariada firmada ante dos testigos y que contenga copia de identificación de los firmantes.
Boleta original de bautismo
Acta certificada de bautismo (tal como se encuentra en el libro).
Acta de nacimiento de la persona cuyo nombre o apellido va a corregirse.
Si es mayor de edad debe hacer el trámite la persona interesada.
Si es menor de edad, el trámite lo deben hacer sus padres.
En caso de imposibilidad del interesado o de sus padres, puede hacerlo una tercera persona con su autorización exhibiendo carta poder notariada firmada ante dos testigos y que contenga copia de identificación de los firmantes.
Boleta original del bautismo.
Acta certificada de bautismo (tal como se encuentra en el libro).
Acta de nacimiento de la persona bautizado (el acta actual, con el nombre del padre que reconoce, y también el acta anterior, sin el nombre del padre (si tiene).
Acta de matrimonio civil de los padres (no mayor a tres meses de antigüedad) si el matrimonio fue contraído antes del nacimiento (el matrimonio muestra quién es el padre c.1138).
Si no están casados civilmente, es necesaria la presencia del padre que reconoce (presentando identificación oficial). Si por alguna razón no es posible la presencia del padre, el trámite lo puede hacer otra persona con la condición indispensable de que presente un poder notarial del padre.
No se puede hacer la corrección si la persona reconocida tiene dos CURPS (es indispensable cancelar el primero. Este trámite lo hace el interesado).
Una vez hecho el trámite (la corrección), se debe anotar el cambio del registro civil en la partida de bautismo correspondiente.
Boleta original del bautismo (si no se tiene, alguna otra cosa que pueda servir de prueba: fotografías, bolo, invitación).
Constancia de inexistencia del asentamiento en el libro.
Acta de nacimiento no mayor a tres meses de antigüedad, obtenida en el registro civil. No bajarla de internet, ni obtenida en un kiosko.
Si es mayor de edad el trámite de preferencia lo debe hacer el interesado, presentando una identificación oficial.
Si es menor de edad lo pueden hacer sus padres, mostrando una identificación oficial y el CURP del menor y la identificación oficial de los padrinos.
- ORIGINAL DE LA BOLETA DE CONFIRMACIÓN. ( SI LA TIENE)
- COPIA DEL ACTA DE CONFIRMACIÓN COMO SE ENCUENTRA EN EL LIBRO.
- ACTA CERTIFICADA DEL BAUTIZO. (TAL COMO SE ENCUENTRA EN EL LIBRO).
- ACTA DE NACIMIENTO DEL REGISTRO CIVIL DEL BAUTIZADO.
- ACTUALIZADA, NO MAYOR A TRES MESES.
- FIEL DEL LIBRO OBTENIDA DEL REGISTRO CIVIL, NO BAJA DE INTERNET, O KIOSCO.
- SIN TACHADURAS NI ENMENDADURAS
- IDENTIFICACION OFICIAL DE LA PERSONA QUE REALIZARÁ EL TRAMITE.
- EL TRAMITE PREFERENTEMENTE DEBE REALIZARLO EL INTERESADO SI ES MAYOR DE EDAD, O SUS PAPAS SI FUERA MENOR DE EDAD. SOLO PODRÁ HACERLO UN TERCERO CON AUTORIZACION DEL INTERESADO EXHIBIENDO CARTA PODER FIRMADA ANTE DOS TESTIGOS Y QUE VENGA ACOMPAÑADA CON COPIA DE LAS IDENTIFICACIONES DE LOS FIRMANTES.
- ACTA DE MATRIMONIO. (ENTREGADA DESPUES DE LA CELEBRACION)
- ACTA CERTIFICADA DEL MATRIMONIO. (TAL COMO SE ENCUENTRA EN EL LIBRO). EN CASO DE INEXISTENCIA DEL ASENTAMIENTO, PRESENTAR CONSTANCIA DE INEXISTENCIA.
- ACTA DE MATRIMONIO CIVIL. (CON LOS REQUISITOS YA SEÑALADOS)
- SI EL ERROR ESTA EN EL NOMBRE DE LOS PADRINOS (TESTIGOS) PEDIR DOCUMENTO DE IDENTIDAD OFICIAL DEL PADRINO.
- IDENTIFICACION OFICIAL DE LA PERSONA QUE REALIZARÁ EL TRAMITE.
- EL TRAMITE PREFERENTEMENTE DEBE REALIZARLO EL INTERESADO. SOLO PODRÁ HACERLO UN TERCERO CON AUTORIZACION DEL INTERESADO EXHIBIENDO CARTA PODER FIRMADA ANTE DOS TESTIGOS Y QUE VENGA ACOMPAÑADA CON COPIA DE LAS IDENTIFICACIONES DE LOS FIRMANTES.
- EN CASO DE SER NECESARIO REVISAR EL EXPEDIENTE MATRIMONIAL.